Actividades calificadas y su relacion con el Real Decreto de Licencia Express

Nos estamos encontrando, en el día a día de trabajo de apertura de locales, una falta de criterio clara y unánime, por parte de la Administarción (Ayuntamientos), sobre qué actividades pueden acogerse al procedimiento rápido de licencias (licencia express) y cuáles no.

Según el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, en su anexo, se detalla un listado de las actividades incluidas en su ámbito de aplicación. En principio parece clara la descripción de cada actividad aunque no aparezcan con el nombre que comunmente utilizamos para designarlas. Y es esto, precisamente lo que a veces nos lleva a confusión.

Las actividades que más confusión generan están el grupo de actividades de comercio al por menos de productos alimenticios, bebidas y otros.  En este grupo están incluidas actividades como pueden ser: fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, churrerías, pastelerías, heladerías, etc.,  Pero también dentro de este grupo se designan las actividades de comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general. En este subgrupo entendemos que están incuidas, aunque no se diga expresamente. actividades como: asadores de pollo, locales de comida rápida, bocadillerías, hamburguserías, patatas asadas o fritas, shawarmas, locales de comida para llevar, etc.

Cuando solicitamos al ayuntamiento correspondiente, la documentación necesaria para el proyecto técnico de cualquiera de estas actividades, siempre nos encontramos que existen dudas de si se pueden o no acojer al procediemiento rápido de licencias, ya que muchas de ellas son actividades calificadas por la ley GICA. Es aquí donde hay que hacer una clara distinción, entre el procedimiento de concesión de licencia de apertura (procedimiento normal o procedimiento rápido de licencias) y si la activiadad está calificada o no.

En resumen, todas las actividades incluidas en el anexo del real decreto de licencias express, pueden tramitarse mediante ese procedimiento, estén o no calificadas. En el caso de las actividades calificadas, además deberán pasar previamente por el trámite de calificación ambiental obligatorio.

Esperemos, que poco a poco, tengamos, tanto la Administración como los Técnicos, este asunto lo más claro posible para así mejorar en la tramitación de la licencia de apertura de negocios.

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